Exigimos que se hagan nuevas leyes o se
modifiquen las existentes de forma que se satisfagan de forma urgente las
siguientes reivindicaciones:
La creación de una figura específica,
el Defensor del Opositor (adjunto al Defensor del Pueblo), persona independiente
de contrastado prestigio y honradez, que junto a un gabinete de asesores
de confianza se encargue de:
Atender de manera urgente todas las reclamaciones
que pongan los opositores.
Comprobar y dar el visto bueno a todas y cada
una de las convocatorias que se publiquen en todo el Estado, y siempre
de oficio.
Despachar con el Defensor del Pueblo con la
mayor diligencia posible aquellos asuntos que requieran la inmediata nulidad,
repetición o paralización de oposiciones.
Solicitar, si fuera preciso, al Defensor del
Pueblo la interposición de recursos de inconstitucionalidad.
Un porcentaje de las plazas convocadas se
cubrirá siempre por el sistema de oposición, esto servirá
para acabar con la discriminación que se produce actualmente entre
los que se presentan por el turno libre y acumulan puntos adicionales,
y aquellos que se presentan por el turno libre sin ninguna posibilidad
de obtener puntos. (Esta es la gran puerta falsa por la que entran muchos
enchufados, a base de puntos por méritos más que dudosos,
mientras otros esforzados opositores luchan los puntos a base de horas
de estudio y preparación.)
El importe de las tasas de la oposición
deberá ser devuelto siempre de oficio en el caso de exclusión
del opositor, cualquiera que sea la causa de exclusión.
Las tasas deberan ser fijadas por el Gobierno
y deberán ser las mismas para todas las oposiciones, con independencia
del grupo o categoría al que se acceda.
El opositor tendrá derecho a ser informado
de las calificaciones obtenidas en los ejercicios, así como de las
fechas de celebración de todos los ejercicios, con independencia
de su lugar de residencia. Siempre a través de centros públicos
de información al opositor de cada Comunidad Autónoma.
Los miembros de los tribunales no podrán
participar en dos convocatorias consecutivas de la misma oposición,
ya sea por su participación como titular o como suplentes.(Hay funcionarios
abonados a los tribunales año tras año).
La convocatoria de una oposición deberá
incluir un calendario de fechas con los margenes para la celebración
de los ejercicios y la publicación de listas de admitidos y excluidos.
Dichos margenes serán establecidos por ley según criterios
razonables.(Para evitar que pasen años desde la convocatoria hasta
la celebración de los ejercicios).
Todo proceso selectivo deberá incluir
al menos un ejercicio en el cual se garantice el anonimato del opositor
en la corrección. Si se optase por realizar sólo uno de los
ejercicios garantizando el anonimato, dicho ejercicio será siempre
el primero que se realice y tendrá caracter eliminatorio.
Todos los desempleados inscritos en el INEM
podran presentarse a cualquier convocatoria sin coste alguno. ¡ Tasa
de cero pesetas !